Multas y puntos en moto: casco, guantes, calzado y chaleco

Respuesta corta: no llevar casco, guantes o calzado cerrado es una infracción grave con multa de 200 euros. Solo el casco resta puntos: 4 al conductor. Según la DGT, no llevar guantes ni calzado cerrado no resta puntos. De los puntos por el chaleco no hemos encontrado una fuente oficial que podamos leer, y no los damos por ciertos.

Resumen por elemento

ElementoObligatorioMultaPuntosCerteza
Casco homologado R22Desde el 1-10-2026 (ciclomotores, desde el 1-10-2027 con casco homologado)200 euros (grave)4 al conductorSeguro
Guantes de protecciónDesde el 1-10-2026, vías interurbanas200 euros (grave)0Seguro
Calzado cerradoDesde el 1-10-2026, cualquier vía200 euros (grave)0Seguro
Chaleco reflectanteDesde el 1-10-2026, en la dotación; se usa al salir y ocupar calzada o arcén interurbano200 euros (grave) para quien trabaja en moto; para el resto, sin fuente oficial leídaSin confirmarParcial

Qué dice la ley

El Real Decreto 518/2026, que es el que impone la equipación, no fija sanciones. Las sanciones salen de la ley de tráfico (texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial). Su artículo 76.h tipifica como infracción grave:

«No hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios.»

El artículo 80.1 de la misma ley fija para las infracciones graves una multa de 200 euros. Guantes y calzado cerrado entran en «demás elementos de protección obligatorios» desde que el real decreto los hace obligatorios. La DGT lo confirma en su nota de prensa del 23 de junio de 2026: la sanción es de 200 euros.

Pronto pago

La ley prevé una reducción del 50 % si se paga en los 20 días naturales siguientes a la notificación (artículo 94), lo que dejaría la multa de 200 euros en 100. Las condiciones de ese pago constan en la notificación que recibas: léela antes de pagar.

Puntos del carnet

Las cifras que circulan van de 0 a 4 puntos y mezclan los elementos. Lo que consta:

Lo que se dice por ahí y lo que consta

Se diceQué consta
«No llevar guantes resta 2 puntos» (Repsol y otras fuentes)Según la instrucción SANC 2026/25 de la DGT, no resta puntos.
«Guantes y calzado restan puntos igual que el casco»Solo el casco resta 4 puntos al conductor; guantes y calzado, no.
«La multa es de 100 euros»La multa es de 200 euros. Los 100 euros corresponden al pronto pago del artículo 94, con las condiciones que fije la notificación.
«El casco homologado de las motos llega en 2027»Para motos es exigible desde el 1-10-2026. El plazo de 2027 es solo para ciclomotores. Lo explicamos en la guía del casco.

Casos concretos

Guantes en ciudad

El artículo 118.1.b limita la obligación de guantes a las vías interurbanas, así que según el texto no hay obligación, y por tanto no hay sanción, por circular sin guantes por ciudad. Más en la guía de guantes.

Calzado en cualquier vía

Más en la guía de calzado. El calzado cerrado sí es obligatorio en todo tipo de vías. La DGT considera calzado cerrado el que dispone, al menos, de alguna sujeción de los dedos y del talón. Unas zapatillas cerradas lo cumplen y unas chanclas no, según esa instrucción. No es una norma del real decreto, es el criterio que la DGT da a sus agentes.

El pasajero

El artículo 118.1 obliga a conductores y a pasajeros. La infracción del pasajero está recogida en la normativa de tráfico, pero no hemos podido comprobar en una fuente oficial leída a quién se imputa la multa ni si los puntos se aplican. No lo afirmamos.

El chaleco

La DGT indica una sanción de 200 euros para quien trabaja en moto y no lleva el chaleco reflectante en todo momento. Para el resto de conductores, el chaleco forma parte de la dotación de la moto y se usa al salir y ocupar la calzada o el arcén de una vía interurbana. Detalle en la guía del chaleco.

¿Desde cuándo se puede multar?

El real decreto entró en vigor el 1 de octubre de 2026. La obligación de guantes, calzado cerrado y chaleco rige desde esa fecha. El casco homologado de las motos también, y el de los ciclomotores desde el 1 de octubre de 2027.

Si te multan

Esta página es divulgativa y no sustituye al asesoramiento jurídico. Si te notifican una sanción, lo que cuenta es lo que diga la notificación: infracción imputada, importe, plazos y vías de recurso. Compárala con el artículo que cita.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la multa por no llevar guantes en moto?

200 euros, infracción grave, según la ley de tráfico y la nota de la DGT. Aplica en vías interurbanas, desde el 1 de octubre de 2026.

¿Se pierden puntos por no llevar guantes?

No, según la instrucción SANC 2026/25 de la DGT.

¿Cuántos puntos se pierden por no llevar casco?

4 puntos para el conductor, según el anexo II de la ley de tráfico.

¿Y por no llevar chaleco?

La multa de 200 euros consta para quien trabaja en moto. Los puntos por el chaleco no los hemos podido confirmar en una fuente oficial.

¿Qué pasa si llevo unas zapatillas deportivas?

Si son cerradas y sujetan dedos y talón, cumplen el criterio de la DGT. Unas chanclas, no.

Fuentes: Real Decreto 518/2026 (BOE-A-2026-13889), Ley de Tráfico (BOE-A-2015-11722), nota de prensa de la DGT del 23 de junio de 2026 e instrucción SANC 2026/25. Revisado el 27 de octubre de 2026.